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Alivio en el transporte murciano

Por C de Comunicación
Se devolverá el céntimo sanitario

El pasado jueves 1 de Noviembre entró en vigor la Ley  8/2012 sobre Medidas Tributarias, aprobada el martes 23 de Octubre por la Asamblea de Murcia, que establece el incremento al tipo máximo del tramo autonómico del impuesto sobre las ventas minoristas de hidrocarburos (coloquialmente denominado céntimo sanitario), estableciendo un gravamen de 4,8 céntimos por litro, con el que se estima recaudar más de 70 millones de euros anuales en dicha región, según informa Fenadismer, la Federaciòn de Asocaciones de Tansporte.

Esta Ley introduce, igualmente, el sistema de devolución del 100 por 100 del impuesto para los transportistas de todas las especialidades del transporte (camiones, autobuses y taxis), con independencia de cual sea el lugar de residencia del transportista, siguiendo el ejemplo de la medida aprobada con anterioridad por otras Comunidades Autónomas (Comunidad Valenciana, Castilla-León, Baleares, Castilla La Mancha, Cantabria, Navarra y Extremadura), y al contrario sin embargo de lo aprobado por el Gobierno de Cataluña, que estableció un mecanismo de devolución exclusivamente para los transportistas catalanes, que dio lugar a una denuncia por parte de la citada Fenadismer.

Para poder obtener la devolución del céntimo sanitario, el transportista deberá simplemente figurar dado de alta en el Censo de beneficiarios del gasóleo profesional dependiente de la Agencia Tributaria, cuyo trámite podrá  hacerse de forma sencilla a través de cualesquiera de las asociaciones territoriales de Fenadismer.

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