Inicio / Noticias / Sectoriales / El supervisor ferroviario, también aeroportuario
CONSTITUIDO EL CRFA

El supervisor ferroviario, también aeroportuario

Se trata de una solución temporal hasta que se produzca la puesta en funcionamiento de la nueva Comisión Nacional de Mercados y Competencia

Ha entrado en vigor la Ley  3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
. Según establece su
disposición adicional decimosexta, el Comité de Regulación Ferroviaria (CRF)
pasa a ejercer las funciones de supervisión en materia de tarifas
aeroportuarias y su denominación pasa a ser “Comité de Regulación Ferroviaria y
Aeroportuaria” (CRFA)
.

En 2011 (Real Decreto-ley 11/2011 de
26 de agosto) se creó el supervisor en esta materia -la Comisión de Regulación
Económica Aeroportuaria- pero su constitución efectiva no se produjo. Para
poder cumplir cuanto antes la normativa comunitaria europea, como ha requerido
la Comisión Europea, la solución arbitrada ha sido encomendar a un supervisor
independiente
que ya existía las funciones de la comisión no constituida. 

Se trata de
una solución temporal hasta que se produzca la puesta en funcionamiento de la
nueva CNMC, que debe tener lugar en el plazo de cuatro meses desde la entrada
en vigor de la Ley 3/2013, es decir, desde el  día 6 de junio de 2013. A partir de ese
momento, será la CNMC la que de forma permanente asuma el ejercicio de tales
funciones, al integrarse en ella y quedar extinguidos los organismos
supervisores preexistentes.

Dos son las funciones que pasan a ser
ejercidas por el CRFA y su desarrollo será inmediato, ya que en relación con
las tarifas aeroportuarias de 2014 la intervención del supervisor debe
producirse entre el 31 de mayo y la aprobación, en la segunda quincena del
próximo mes de septiembre, del anteproyecto de Ley de Presupuestos para 2014.

La primera función es la de supervisar
el cumplimiento del procedimiento de transparencia y consulta a las compañías
aéreas
usuarias que el gestor aeroportuario (Aena Aeropuertos S.A.) debe hacer
antes de presentar su propuesta de modificación y actualización para 2014 de
las tarifas aeroportuarias. Este procedimiento ha venido desarrollándose desde
principios de año y tiene como fecha límite el 31 de mayo de 2013.

La segunda función es la de supervisar
que la propuesta de modificación y actualización para 2014
que someta el gestor
aeroportuario al CRFA se ajusta a lo establecido en la Ley de Seguridad Aérea,
modificada en este punto para transponer la Directiva 2009/12/CE de 11 de marzo
de 2009, relativa a las tasas aeroportuarias. 

Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Scroll al inicio