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La terminal ferroviaria de Jerez quintuplica el número de contenedores hacia el puerto de Cádiz

Por Ricardo J. Hernández

Dentro del objetivo estratégico de mejora de la conectividad e intermodalidad del Puerto de la Bahía de Cádiz, en mayo de 2019 arrancó sus operaciones la Terminal Logística Ferroviaria de Jerez de la Frontera, que resultó adjudicataria del contrato de Adif para su gestión de servicios y comercialización.

Este año 2021, y hasta octubre, la Terminal Logística Ferroviaria de Jerez de la Frontera ha quintuplicado su actividad en comparación con el volumen de contenedores movidos a lo largo de todo 2020. En los primeros diez meses de 2021 la terminal ha contabilizado, provisionalmente, 15.401 UTIS (Unidad de Transporte Intermodal) con origen o destino en el Puerto de Cádiz, frente a las 3.274 registradas a lo largo de todo 2020.

Este incremento de actividad se refleja en un aumento en el número de trenes, pasando de un tren a la semana el año pasado a cinco o seis trenes en 2021.

En la evolución mensual, en enero de este año se superaron por primera vez el millar de UTIS, barrera de la que no se ha descendido en todo el ejercicio y que incluso ha llegado a multiplicarse por dos, con 2.029 UTIS el pasado mes de julio.

La terminal favorece la competitividad de las cadenas logísticas que operan a través del Puerto, y supone una interesante alternativa logística para las empresas que operan en la provincia de Cádiz, a la espera de la finalización de las obras de enlace ferroviario tanto al puerto de Cádiz, a través de la línea Sevilla-Cádiz, como mediante la construcción y puesta en servicio del ramal ferroviario a la dársena de la Cabezuela-Puerto Real, ya en marcha.

La terminal cuenta con una superficie de playa de vías para uso logístico de 12.500 m2, así como 2 vías sin electrificar (vía 8 de 595 m y vía 10 de 555 m) en las que poder realizar esas operaciones.

A través de la terminal se ofrece la prestación del servicio de carga y descarga de Unidades de Transporte Intermodal a las empresas ferroviarias y otros candidatos que lo soliciten, conforme a las condiciones y tarifas máximas que apruebe el propio adjudicatario, tal y como dispone la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario.

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