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Multas de hasta 30.000 euros por no pagar a tiempo a los transportistas

Por Patricia González

Por primera vez en España ha entrado en vigor la nueva ley que sanciona los incumplimientos en materia de plazos de pago. Este hecho pionero, publicado en el BOE el sábado 2 de octubre, se aplica exclusivamente al sector del transporte de mercancías por carretera, previendo sanciones económicas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas.

En esta línea, el régimen de infracciones y sanciones en la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres recoge como infracción “el incumplimiento del límite máximo legal de pago no dispositivo previsto en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en el pago del precio del transporte en los contratos de transporte de mercancías por carretera, cuando el obligado al pago no sea un consumidor”.

Así quedan las sanciones

  • Multa de 401 a 600 euros: cuando el precio del transporte sea inferior a 1.000 euros.
  • Multa de 601 a 800 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 1.000 y 1.500 euros
  • Multa de 801 a 1.000 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 1.501 y 3.000 euros.
  • Multa de 1.001 a 2.000 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 3.001 a 4.000 euros.
  • Multa de 2.001 a 4.000 euros: cuando el precio del transporte esté comprendido entre 4.001 y 6.000 euros.
  • Multa de 4.001 a 6.000 euros: cuando el precio del transporte sea superior a 6.000 euros.
  • Multa de 6.001 a 18.000 euros: cuando el responsable ya hubiera sido sancionado, mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa, por la comisión de cualquier otra infracción muy grave en los 12 meses anteriores, pudiendo ascender a 30.000 euros el importe de la multa cuando se considere que la conducta afecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica del acreedor o se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago previsto en dicho precepto.

Medidas contra un problema sectorial

Con esta ley, los organismos reguladores pretenden dar respuesta a una de las reclamaciones más recurrentes del transporte de mercancías por carretera. De hecho, como aclara la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, en la actualidad, dos de cada tres pagos que se realizan a las empresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislación vigente.

De estos incumplimientos, casi la mitad se realizaron a más de 90 días e incluso una cuarta parte a más de 120 días, esto es, a 6 meses.

Y tú, ¿te has visto afectado/a por la morosidad en el sector?

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