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El Ejecutivo aprueba el nuevo marco regulador del transporte de mercancías peligrosas

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al nuevo marco regulador del transporte de mercancías peligrosas por carretera para aportar una mayor seguridad al transporte de combustibles, gas natural o butano, muestras biológicas, vacunas y baterías, entre otros.

La regulación añade nuevas materias que se añaden a las ya clasificadas como peligrosas; cambios en las instrucciones de embalaje; cambios en el etiquetado y marcado de estas mercancías; nuevas disposiciones para la construcción y homologación de las cisternas; y modificaciones relativas al transporte de sustancias radiactivas.

Asimismo, incluye nuevas disposiciones especiales, que son aquellos que particularizan el transporte de determinadas mercancías, en virtud de determinadas circunstancias, siempre buscando facilitar el transporte de las mismas en condiciones de seguridad.

La Comisión Permanente para la Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas, presidida por el Mitma, informó favorablemente del contenido de la versión española del ADR 2021 en su reunión del 27 de noviembre de 2020.

Tras el Acuerdo que se ha aprobado por el Consejo de Ministros, el nuevo texto consolidado del ADR se publicará próximamente en el BOE, y las modificaciones recogidas en el ADR 2021 serán de aplicación obligatoria a partir del 1 de julio de 2021.

Sobre el transporte internacional

El Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), que se desarrolla bajo el marco de la ONU, determina cómo se debe llevar a cabo el transporte de mercancías peligrosas por carretera en España, al haberse adoptado dicho acuerdo tanto en la normativa nacional como europea.

El ADR es un documento que se actualiza cada dos años para ajustarse a los avances de la técnica y de la ciencia, al desarrollo de nuevos productos y materiales y nuevas exigencias en los medios de transporte.

Fruto de esta adaptación, el Secretario General de Naciones Unidas comunicó el pasado mes de julio la adopción de determinadas modificaciones –denominadas enmiendas– a la edición anterior del ADR del año 2019, como resultado de la labor llevada a cabo por el Grupo de Trabajo para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la Comisión Económica para Europa.

La aplicación del nuevo ADR será obligatoria a partir del 1 de julio de 2021, pudiendo aplicarse desde el 1 de enero de 2021 de forma voluntaria.

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