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Alemania desoye los avisos de la UE y exige pruebas sanitarias a los conductores españoles

Por Patricia González

De poco ha servido la carta que la Comisaria Europea de Transportes, Adina Valean, ha dirigido a los ministros de transporte de los países miembros de la Unión Europea. A la par que la autoridad mostraba su rechazo frontal a la imposición de requisitos sanitarios para el transporte de mercancías – apelando al mantenimiento de los ‘corredores verdes’ -, Alemania ha establecido como norma general que los transportistas procedentes de España realicen un registro electrónico sanitario y cuenten con una PCR negativa antes de entrar al país.

La grave situación sanitaria que atraviesa España, al igual que otros países europeos durante esta tercera ola, está siendo analizada con “enorme preocupación” por las autoridades comunitarias ante el riesgo de propagación de la epidemia, apuntan desde Fenadismer.

Estar a la cabeza en el ranking del índice de contagios ha repercutido en la actividad del transporte de mercancías internacional, algo que “era de prever” y ante lo que ya se esperaba la exigencia de medidas sanitarias de control.

Pese a las advertencias de Valean, donde ponía de ejemplo los graves acontecimientos vividos durante las últimas semanas de 2020, cuando miles de camiones quedaron paralizados en el Canal de la Mancha ante la irrupción de la cepa británica del COVID-19 y las medidas implantadas por Francia, Alemania ha decidido tomar su propio camino.

¿En qué consisten las exigencias?

Así, desde el lunes 25 de enero, todos los profesionales del transporte de mercancías cuya estancia exceda las 24 horas deberán completar un registro digital antes de entrar en el país. Además, deberán llevar consigo la prueba de un resultado negativo de PCR y presentar dicha prueba a la autoridad competente si su estancia excede las 72 horas.

En todo caso, los conductores procedentes de España que hayan estado menos de 72 horas en el país o permanezcan un periodo inferior a tres días en Alemania, estarán exentos de dicha obligación, así como de registrarse si su presencia en el país es inferior a 24 horas.

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