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Las 44 t en transporte por carretera, más cerca

Por C de Comunicación
Francia las autoriza y Cataluña quiere hacerlo, aunque se le plantea batalla judicial

El pasado 4 de diciembre, mediante el Decreto nº 2012-1359, el Gobierno francés modificaba el Código de la circulación para permitir, a partir de ahora, la circulación por las carreteras francesas de conjuntos de vehículos de hasta 44 toneladas de M.M.A.

Asimismo, mediante Orden de ese mismo día, el Ministerio de Transportes francés ha establecido las condiciones específicas en las que se permitirá la circulación de estos vehículos, estableciendo que a partir de 1 de enero de 2013 los vehículos de 5 ejes de hasta 44 toneladas (tractor más remolque con eje doble) podrán circular en los siguientes términos: 

– Hasta el 30 de septiembre de 2014 cuando el vehículo motor haya sido matriculado con posterioridad al 1 de octubre de 2001 (vehículos Euro 3).

 – Hasta el 30 de septiembre de 2017, cuando el vehículo motor haya sido matriculado con posterioridad al 1 de octubre de 2006 (vehículos Euro 4 y 5).

 – Los vehículos matriculados con posterioridad al 1 de octubre de 2009.

 Asimismo, se fijan reglas más estrictas respecto al peso máximo por eje, de forma que se pasa a 12 t de MMA por eje motor (en lugar de las 13 existentes ahora) y 27 t por eje tridem (en lugar de las 31.5 T actuales).

La regulación aprobada sólo afectará al transporte interferir que se realice dentro de Francia, por lo que en transporte internacional con origen o destino en dicho país seguirá vigente el límite máximo de 40 toneladas para los referidos vehículos de transporte.

Cataluña
Coincidiendo con este anuncio el Gobierno Catalán decidía igualmente permitir que en sus carreteras puedan transitar camiones de 44 toneladas, frente a las 40 permitidas en el resto de España.

Los transprotistas entienden que esto podría romper la unidad del mercado -además de ser una competencia específica del Gobierno Central- por lo que las federaciones nacionales de transportistas han decido llevar a los Tribunales esta norma.

La normativa catalana ahora aprobada por la Generalitat permite que cualquier camión, que sea de categoría Euro IV o superior y con cabeza tractora de 2 o 3 ejes y semirremolque de 3 ejes y que se inscriba en un Registro creado al efecto, podrá transportar 44 toneladas de carga de cualquier clase de mercancía sin limitación de recorrido si el lugar de carga o descarga es una terminal ferroviaria, aérea o marítima situada en Cataluña. En el resto de los transportes, la distancia máxima permitida será de 150 kilómetros.

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