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La Unión Europea prorroga hasta 7 meses la vigencia de los permisos de conducción, ITVs y tarjetas CAP

El Parlamento Europeo ha decidido aplazar determinados controles periódicos, ampliando los plazos de renovación de las tarjetas CAP, los permisos de conducción y las ITVs. A diferencia de la propuesta inicial impulsada por la Comisión Europea, el periodo de prórroga se extenderá hasta 7 meses a partir de la fecha de caducidad.

Desde que anunciara a principios de mayo su decisión de ampliar el sistema de prórrogas, el Ejecutivo no conseguiría hasta la tarde de ayer aprobar los nuevos plazos ante la posibilidad de que las autoridades competentes de los Estados miembros no pudieran cumplir las labores administrativas antes de que vencieran los plazos aplicables.

Si bien la Comisión propuso que el periodo de prórroga fuera de seis meses, el Parlamento ha propuesto una doble ampliación. Por un lado, la duración de la prórroga se extenderá siete meses para las tarjetas CAP, carnés e ITVS. Sin embargo, las revisiones del tacógrafo se mantienen en los seis meses inicialmente planteados.

Por otra parte, el periodo de aplicación de la prórroga se ha ampliado, abarcando desde el 1 de febrero hasta el 31 de agosto, dejando fuera de esta ampliación la revisión del tacógrafo. De esta forma, cualquiera de las licencias anteriormente mencionadas, cuya vigencia dejara de ser válida en este periodo, puede acogerse al aplazamiento.

Aunque la Comisión propuso ampliar de seis a doce meses el plazo que se da a las empresas de transporte que dejan de cumplir el requisito de capacidad financiera para que demuestren que vuelven a cumplirlo, prórroga que se concedería a las evaluaciones realizadas entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2020, finalmente el Parlamento ha propuesto que esta prórroga solo se conceda a las evaluaciones realizadas entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre. Una vez se haya constatado ese incumplimiento y el plazo fijado por la autoridad competente no haya expirado aún, dicha autoridad competente debe poder ampliar el plazo hasta 12 meses en total.

La decisión final, en manos de cada Estado miembro

El Parlamento ha mantenido la posibilidad de que cada país pueda decidir si aplica o no estas prórrogas a la validez de los carnés de conducir, la ITV y la revisión del tacógrafo. Sin embargo, sí que exige que se respeten estos plazos para las empresas extranjeras que hagan transporte en su territorio.

Es decir, si Francia, por ejemplo, no considera necesario establecer la prórroga de validez de las ITVs, no podrá exigir que un camión español tenga la ITV al día si está dentro de los plazos previstos en el Reglamento.

En el lado opuesto, el Parlamento quiere que los países con más problemas que quieran ampliar el plazo de las prórrogas puedan hacerlo, pero nunca más de seis meses. Eso sí, deben comunicar a la Comisión la ampliación de los plazos antes del 1 de agosto.

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