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RESTRICCIONES

El Ayuntamiento de Madrid no multará por las infracciones en Madrid Central hasta el 16 de marzo

Por Cristina Sánchez

En lo que a la distribución urbana de mercancías se refiere, el mes de marzo llega al sector con una gran incertidumbre en cuanto a lo que puede o no pasar en la zona de Madrid Central. Este mes estaba previsto que el periodo de preaviso finalizara y tal y como confirmaba el Ayuntamiento “los accesos no autorizados a Madrid Central que se detecten desde el 1 de marzo de 2019 tendrán la consideración de eventual infracción y llevarán aparejada la incoación del correspondiente procedimiento sancionador“. Sin embargo, la última noticia emitida por el Consistorio dice que se empezarán a efectuar oficialmente las multas a partir del día 16 de este mes.

Así lo ha confirmado la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, cuando destacaba que el objetivo es “acoplar los dos plazos del fin de las llegadas de notificaciones sin sanción y el comienzo de las sanciones para regular la entrada y la salida en Madrid Central”.

En cuanto al sector logístico, está todavía pendiente de confirmar si se prolonga o no la fecha que tiene pensada el Ayuntamiento para la renovación del parque móvil dedicado a la distribución urbana de mercancías. 

Y en cuanto al papel que tienen ante tal situación los vehículos comerciales, estos podrán acceder si disponen de autorización del SER y son titulares de vehículos comerciales e industriales sin restricción horaria, según su MMA y en función de su categoría de clasificación ambiental. Aunque todo ello está todavía por confirmarse a la espera de que pueda modificarse tras los distintos acuerdos a los que pueda llegar el sector con el Ayuntamiento. 

De cara al futuro, la información confirmada por el Ayuntamiento de Madrid que afecta a los transportistas, dice que a partir de enero de 2020 no podrán acceder a la zona de Madrid Central los vehículos que tengan categoría A y en 2022 los de categoría B con menos de 3,5 toneladas. Y en cuanto a los de 3,5 o 5 toneladas de MMA, estos podrán acceder siempre que dispongan de la citada autorización SER. 

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