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Los transportistas internacionales no son trabajadores desplazados y Europa lo sabe

Desde que en marzo de 2016 la Comisaria europea de Empleo anunciara el inicio de la tramitación de una reforma de la actual Directiva europea sobre desplazamiento de trabajadores en el ámbito de la Unión Europea, con el objetivo de lograr un clima de competencia leal y de respeto de los trabajadores que son contratados en un Estado miembro pero que son desplazados por su empleador para realizar su actividad laboral en otros Estados miembros, y el debate creado en torno a esta situación, el Parlamento Europeo y el Consejo comienzan a acordar una regulación especial para el transporte internacional.

A pesar de que hasta su aprobación se siga aplicando en el transporte la Directiva general de salario mínimo exigible a los conductores desplazados, tras una intensa negociación promovida por la Presidencia búlgara de la Unión Europea que ostenta este semestre, la semana pasada se ha alcanzado un principio de acuerdo entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, mediante el cual se establecerá la regla de “un salario igual para un trabajo idéntico en el mismo lugar” con el fin de proveer una mayor seguridad jurídica tanto a los trabajadores como a los empleadores, lo que se traducirá en la equiparación salarial de los trabajadores como a los empleadores, lo que se traducirá en la equiparación salarial de los trabajadores desplazados temporalmente con la de los trabajadores nacionales.

En este sentido, tal y como informa Fenadismer, dicho principio de acuerdo, que deberá ser ratificado por los 28 países de la Unión Europea así como por el Parlamento europeo, también contempla el establecimiento de una regulación específica para el sector del transporte por carretera, lo que se llevará a cabo dentro del Paquete legislativo de Movilidad actualmente en trámite.

No obstante, hasta que dicha regulación específica sea aprobada, la vigente Directiva europea sobre trabajadores desplazados (exigencia de cumplimiento del salario mínimo) será de aplicación al sector del transporte por carretera, “como Fenadismer viene defendiendo en contra de la posición defendida por otras organizaciones nacionales que plantean la exclusión del transporte internacional de la citada regulación europea”.

De este modo, una vez sea aprobado en el Parlamento español el proyecto de ley que se está tramitando para transponer la Directiva europea de 2014 sobre trabajadores desplazados, se posibilitará un control efectivo de las empresas de transporte extranjeras que operan de forma habitual en España, principalmente empresas deslocalizadas en países del Este de Europa y que ya copan una tercera parte del transporte internacional con origen o destino en nuestro país.

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