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Discrepancias en la reforma de la Ley de Seguridad Vial

Por Cristina Sánchez

Tras la última reunión celebrada para valorar la reforma de la Ley de Seguridad Víal, hubo discrepancias entre el Grupo de Trabajo, designado por el Consejo Superior de Tráfico, los representantes de los diferentes sectores que guardan relación con la circulación y la seguridad vial y Fenadismer, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España.

Entre las cuestiones de mayor debate destaca la relativa a los límites de velocidad tanto en autopistas y autovías como en vías convencionales, dado que, tal y como se señaló durante la jornada “los límites actuales datan de los años 80”.

Ante esta cuestión, la Dirección General de Tráfico planteaba incrementar la velocidad máxima permitida a los turismos, los representantes de las distintas asociaciones de usuarios de la carretera solicitaron una reducción del límite para evitar la siniestralidad y Fenadismer manifestó su rechazo, poniendo de relieve la “profesionalidad del sector del transporte por carretera y baja siniestralidad en comparación con los conductores particulares”, recordando que los vehículos de transporte son los únicos que llevan equipados un limitador de velocidad a diferencia de los turismos, que impide que incurran en excesos de velocidad.

Asimismo, teniendo en cuenta que la velocidad autorizada en autopistas y autovías es de 120 kilómetros por hora para turismos, de 100 para autobuses y de 90 para furgonetas, Fenadismer solicitó que en la reforma de la Ley de Seguridad Vial, se incremente el límite para vehículos de transporte ligeros.

Respecto a la propuesta de reducir la velocidad en vías urbanas, FENADISMER también rechaza tal posibilidad, al entender que ello “afectaría muy negativamente a la necesaria agilidad en la distribución y entrega urbana de mercancías, la cual está teniendo un desarrollo muy importante” como consecuencia del despegue del comercio electrónico en la adquisición de bienes por parte de los ciudadanos.

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