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Tres semanas para adaptarse a la Ley Macron

El Ministerio de Trabajo francés ha concedido un plazo transitorio durante tres semanas para que las empresas transportistas puedan adaptarse a la nueva regulación establecida, la denominada Ley Macron.

Así hasta el 22 de Julio la labor de los Agentes de control en carretera será meramente informativa en relación al cumplimiento de la documentación obligatoria que debe llevarse a bordo de los vehículos de transporte, pero sin imponer sanciones hasta dicha fecha, según informan colectivos como FENADISMER y CETM.

En este sentido, el Ministerio de Trabajo francés ha comenzado a resolver algunas dudas sobre la aplicación de la nueva regulación, aunque las cuestiones de mayor importancia siguen sin ser resueltas. Así, en lo que se refiere a la obligación de conservación de toda la documentación laboral de la empresa transportista por parte de su representante legal en Francia, el Ministerio de Trabajo recomienda que se conserven en territorio francés, o en caso contrario que sean accesibles sin demora, admitiéndose la versión electrónica. Asimismo en caso de fallo del representante, (fallecimiento, baja, etc.) la empresa deberá organizar la continuidad de la función, designando a un nuevo representante.

Por el contrario, el Ministerio francés aún no ha establecido criterio en relación a qué tipos de transportes internacionales podrían quedar excluidos de la nueva regulación, en función del origen del cliente o del carácter multimodal del servicio, ni tampoco sobre la forma en que se llevará a cabo el cálculo del salario del conductor durante su estancia en Francia a efectos de acreditar el cumplimiento del salario mínimo francés.

En todo caso, los vehículos de transporte que transiten por Francia (furgonetas, camiones y autobuses) deberán llevar siempre a bordo del vehículo el denominado “certificado de desplazamiento”, redactado en francés, en el que figuran los datos de la empresa transportista, del conductor y su retribución salarial, así como una copia del contrato de trabajo.

Además, la empresa transportista deberá designar obligatoriamente en el referido certificado al representante legal que actuará en su nombre en Francia ante las autoridades de control. Cabe recordar que la no designación del representante se sancionará con multa de 2.000 euros, que en caso de reincidencia se incrementará a 4.000 euros. 

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