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España aprueba las 44 toneladas y el sector reclama garantías para una implantación justa.

España aprueba las 44 toneladas y el sector reclama garantías para una implantación justa

Por Myriam BazoResponsable de contenidos del área de Logística
Tras años de debate y un retraso por motivos políticos, el Gobierno da luz verde a los camiones de 44 toneladas a partir de octubre.

El BOE ha publicado este martes, 23 de julio, la Orden Ministerial que modifica el Reglamento General de Vehículos en materia de pesos y dimensiones. Tras años de debate en el sector y un retraso provocado por el adelanto electoral de 2023, la normativa permitirá, entre otras medidas, la circulación de vehículos de transporte de mercancías de hasta 44 toneladas de masa máxima autorizada (MMA). La medida entrará en vigor el próximo mes de octubre.

Se trata de un paso significativo en la armonización de las condiciones de transporte con otros países europeos, ya que esta configuración está ya autorizada en trece Estados miembros. Además del incremento de tonelaje, la nueva norma introduce la autorización de conjuntos Euro modulares —incluidos los Eco Combi o Duo Tráiler de hasta 32 metros y 72 toneladas— y eleva la altura máxima permitida hasta los 4,5 metros para ciertos servicios concretos como el transporte de paja, animales vivos o suministros industriales de corto recorrido (menos de 50 km).

La medida, sin embargo, no será aplicable al transporte internacional hasta que se apruebe la nueva Directiva comunitaria actualmente en tramitación.

Un impacto limitado, según los estudios

Según diversos informes sectoriales, el impacto de las 44 toneladas será limitado en el conjunto del transporte nacional: afectará, principalmente, a actividades como el transporte de materiales de construcción, minerales o combustibles, y supondrá una reducción estimada del consumo de gasóleo en torno al 8%. En términos de volumen, se calcula que abarcará aproximadamente un 12% de los kilómetros recorridos por el transporte de mercancías por carretera en España.

Desde FENADISMER, Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, se valora con cierta contención la implantación de esta medida, destacando que “será previsiblemente absorbida de forma ordenada en el mercado del transporte por carretera en nuestro país, como así ha ocurrido en los países de nuestro entorno donde dicha medida está implantada”.

CETM: sin cláusula de revisión, no hay equidad

Más crítica ha sido la reacción de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), que ha recordado que la modificación de los pesos y dimensiones formaba parte de los acuerdos alcanzados en diciembre de 2021 con el Ministerio de Transportes y el Comité Nacional del Transporte por Carretera. En aquel momento, el sector aceptó el aumento del tonelaje a cambio de un ‘paquete de compromisos‘, entre ellos la prohibición de carga y descarga por parte del conductor, la revisión automática del precio del transporte en función del coste del combustible y, en lo que aquí respecta, el establecimiento de una cláusula que obligase a adaptar los contratos continuados a los nuevos costes operativos.

Sin embargo, esa disposición no ha sido incluida finalmente en el texto publicado en el BOE. Desde la CETM no ocultan su malestar: “Consideramos inadmisible que no se haya recogido esta garantía, ya que, si no se establece de manera clara que los sobrecostes no pueden ser asumidos en exclusiva por el transportista, esta medida deja de ser equitativa y se convierte en una ventaja para los cargadores y un perjuicio para los transportistas”.

Y es que, como viene advirtiendo la Confederación desde hace tiempo, el aumento de la MMA implica un incremento real de los costes por vehículo, cifrado en más del 8% en euros/km, debido a factores como el mayor desgaste de los componentes, el consumo adicional de combustible o el alargamiento de los tiempos de carga y descarga.

Desde CETM se insiste en que la modernización del transporte no puede pasar por alto la realidad económica de miles de empresas y autónomos que ya operan con márgenes muy ajustados y escaso poder de negociación. “La incorporación de una cláusula de adaptación de los contratos no es opcional: es una condición imprescindible para la aplicación justa y equilibrada de esta medida”, concluyen.

Mientras tanto, el sector se prepara para la entrada en vigor de una medida largamente discutida, cuyo impacto real dependerá en gran medida de cómo se implementen las condiciones operativas y contractuales. La atención ahora se centra en si el Ministerio de Transportes atenderá las demandas sectoriales, especialmente en lo relativo a los mecanismos que garanticen una aplicación equilibrada en la cadena de valor del transporte.

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