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El Gobierno flexibiliza los tiempos de conducción y descanso de los transportistas por las protestas de agricultores en España.

El Gobierno amplía los tiempos de conducción permitidos para los transportistas ante los bloqueos en España

Por Myriam BazoResponsable de contenidos del área de Logística
El Gobierno ha aprobado una ampliación de las 9 a las 10 horas de conducción diarias y de 56 a 60 a la semana.

El Ministerio de Transportes, ante la situación provocada por los bloqueos y atascos en las carreteras debido a las acciones de los agricultores españoles en las últimas semanas, ha aprobado una nueva flexibilización de los tiempos de conducción y descanso para los transportistas afectados.

Esta medida excepcional, complementaria a la aprobada a finales de enero por los bloqueos en Francia, busca paliar los considerables impedimentos en el desarrollo de la actividad de los miles de transportistas españoles cuya actividad se ha visto alterada en las últimas semanas.

FENADISMER ha señalado la dificultad de aplicar la norma excepcional en la semana del 12 al 18 de febrero, ya que se aplican dos regulaciones distintas sobre dicha semana. Esto se debe a que el período comprendido entre el 15 y el 18 de febrero no se incluyó en la norma excepcional aprobada.

Aproximadamente, unos 100.000 camiones de la flota de transporte española se habrían visto afectados por las movilizaciones, representando casi la mitad del parque de camiones pesados del país, apuntan desde la asociación.

Mayores tiempos de conducción y menor tiempo de descanso para los transportistas

La nueva resolución, publicada el 20 de febrero en el Boletín Oficial del Estado, flexibiliza las horas de conducción de los transportistas afectados por los cortes y retenciones en España. Esta medida es aplicable a todos los transportistas afectados por las movilizaciones desde el 5 de febrero al 14 y del 19 al 26 de febrero.

Se amplía también el límite máximo diario de conducción de 9 a 10 horas, el semanal de 56 a 60 horas, y se reducen los requisitos del descanso diario de 11 horas, que pasa a ser ahora de 9 horas. Además, se habilita la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis períodos de veinticuatro horas.

La norma aprobada se puede consultar en el BOE del pasado martes, 20 de febrero.

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