Los cargadores catalanes pagan en un plazo más corto a los transportistas que los del resto de España, según el Observatorio Catalán de la Morosidad del Transporte por Carretera.
El 77% de los transportistas catalanes cobran sus servicios dentro del plazo máximo legal de 60 días que establece la vigente legislación de morosidad, frente a sólo el 50% en el resto de España. Así lo concreta el Observatorio Catalán de la Morosidad del Transporte por Carretera, elaborado por la asociación Astac Condal en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte.
Uno de cada tres transportistas catalanes declara no conocer la existencia de un régimen sancionador contra la morosidad en el sector del transporte por carretera. Y el 4% afirma haber denunciado a su cliente.
Los transportistas catalanes, en mejor situación
En este primer estudio, en el que han participado más de 350 empresas de transporte catalanas de todos los ámbitos y tamaños, se ha puesto de relieve la mejor situación financiera en materia de cobros que disfrutan los transportistas catalanes en relación a los del resto de España.
Esto se debe a que su principal contratación la realizan con cargadores y operadores logísticos domiciliados en Cataluña. En concreto, un 76% del total de su actividad, frente al 18% con cargadores del resto de España y un 6% del resto de Europa.
Ello provoca que el 77% de los cobros que perciben los transportistas catalanes se realicen dentro de los plazos máximos legales de pago, esto es a menos de 60 días. Cifra muy superior a la de los transportistas del resto de España, que apenas alcanza el 50%.
De hecho, analizando el origen del cliente, los cargadores e intermediarios catalanes cumplen en mejor medida la vigente legislación sobre morosidad. Un 78% pagar en plazo, frente a solo el 30% del resto de cargadores españoles.
Por tamaño empresarial, no se observa diferencias en los plazos de pago ya se traten los clientes de grandes, medianas o pequeñas empresas. Destacar que en el caso de tratarse de Administraciones Públicas contratantes de transporte, el cien por cien de sus pagos se realizan a menos de 60 días. Aunque en este punto, la ley marca un plazo máximo de 30 días cuando el cliente es de carácter público.
Régimen sancionador
Otro dato relevante obtenido del Observatorio catalán de la morosidad es el relativo al conocimiento del nuevo régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el sector del transporte, que fue aprobado a finales de 2021. Nada menos que un 36% afirma desconocer la existencia de dicho régimen sancionador.
Es más, un 84% de los transportistas reconoció no haber percibido cambio alguno en los plazos de pago en 2022 en relación con el año anterior, incluso un 10% afirmó que sus plazos de pago se incrementaron el pasado año.
En este sentido hay que tener en cuenta, que en 2022 no hubo actuación inspectora de oficio en este ámbito, habiéndose incluido como actuación prioritaria para este año 2023 en el Plan Nacional de Inspección de Transporte. Esto está ayudando a mejorar sustancialmente el cumplimiento y aplicación de la legislación sobre morosidad en el sector del transporte por carretera.
Así, un 4% de los transportistas encuestados afirmaron haber denunciado a sus clientes el pasado año por incumplimientos en materia de plazos de pago.
Medios de pago
Por último, en cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de sus servicios a los transportistas catalanes, principalmente se realizan por trasferencia en un 50% de los casos. Le sigue el confirming en un 40%. Y cada vez es más residual tanto el pagaré, con un 7% como el cheque, con apenas un 3%.