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Nueva normativa para homologación de vehículos modificados

A partir del 29 de abril de 2014, todo vehículo “completado” deberá acogerse a lo establecido por el Real Decreto 750/2010

A partir del 29 de abril de 2014, todo vehículo “completado” deberá acogerse a lo establecido por el Real Decreto 750/2010 relativo a homologación de vehículos, sus partes y piezas. Dicho documento establece una nueva forma de proceder para la puesta en circulación de los vehículos “completados”.

Con la anterior reglamentación, los carroceros completaban el vehículo y acudían a una estación ITV para obtener la tarjeta de inspección técnica, tras la correspondiente inspección, finalizando el proceso de matriculación en Tráfico.

Con el cambio de normativa, una vez completado el vehículo, los “fabricantes de última fase” (quienes completa la construcción del vehículo para un uso determinado, instalando una caja cerrada isoterma, una hormigonera. un volquete, etc. en función de las necesidades del cliente final) podrán emitir tarjetas de inspección técnica válidas para matricular el vehículo sin necesidad de pasar por una estación ITV. 

Esto será posible en base a una homologación individual concedida por la Autoridad de Homologación (Ministerio de Industria, Energía y Turismo), previa presentación de un informe favorable de un Servicio Técnico de Homologación Individual.

Para asegurar la fiabilidad de esta actividad, los Servicios Técnicos de Homologación Individual deben haber demostrado su competencia técnica e imparcialidad mediante una acreditación por ENAC.

En la actualidad se han acreditado tres Servicios Técnicos que ya
ofertan sus servicios al mercado en este nuevo campo: AEV Automotive, S.L.,
Quantum Innovative, S.L. y el Laboratorio de Vehículos de la Universidad Miguel
Hernández de Elche.

ENAC
La Entidad Nacional de
Acreditación
es la entidad designada por el estado español como único Organismo
Nacional de Acreditación, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) nº765/2008
del Parlamento Europeo y el Consejo, de 9 de Julio de 2008.

ENAC desarrolla su actividad en
el ámbito estatal evaluando, a través de un sistema conforme a normas
internacionales, la competencia técnica de las organizaciones que ofrecen
servicios de Evaluación de la Conformidad (laboratorios, entidades de
certificación e inspección, verificadores, etc.) que operen en cualquier
sector, sea en el ámbito voluntario o en el obligatorio cuando
reglamentariamente así se establezca. 

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