Dado que su uso no es obligatorio, se permite que aquellos transportistas que lo deseen puedan seguir llevando la documentación en papel e irse adaptando progresivamente a los nuevos sistemas.
Tras la publicación en el BOE de las características de los sistemas que permiten llevar electrónicamente los documentos de control, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) avanza en la apuesta por la digitalización y modernización del sector del transporte, garantizando la disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad de dichos documentos.
El cambio en el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, a través del Real Decreto 70/2019, supuso el primer paso para que la documentación obligatoria que han de llevar los transportistas pueda gestionarse de forma electrónica.
Con este fin, las aplicaciones y soportes deben permitir transformar su contenido en signos de escritura legible. Asimismo, es necesario fijar las características a efectos de garantizar la adecuada gestión de su contenido.
Para ello, Dirección General de Transporte Terrestre ha dictado una resolución en la que se fijan las características que deben cumplir los soportes y aplicaciones informáticas, así como los requisitos para obtener las copias de la documentación de control en soporte electrónico por los Servicios de Inspección y por los agentes de las fuerzas de vigilancia del transporte por carretera, en el caso que se detecte una posible infracción.
La puesta en práctica de este sistema de control permite eliminar la documentación en papel que deban llevar los transportistas y agilizará los sistemas del control en carretera.